proc.monitorio.ESCP

-the juris (geo.scope) of a Solicitor’s monopoly*, is E&W law, regardless of the geolocation or residence of the client (or the employer). ex. Sol can offer RLA to a USA company (client) on E&W law. this is frequent becos most ITAs contain clauses that refer to E&W law for resolution of disputes.

*the monopoly to file claims as representatives of CLIENTS , or as repres (inhouse) of their EMPLOYER. lips in uk are allowed in SCT (small claims track. countycourts) < 10k, or more if both parties agree to the SCT. lips allowed in CAT/HC and even to advocate, an inhouse.sol may ask for perm to represent cocoo.uk before the court presentially.


lec (ley enjuic civil) :  claimants must give an address where they will accept service ( ‘service address’), if diff from his resid.address


-where to file a claim:

  • a.tort.claims: must file where events took place, or def lives
  • b.contract.claims: must file in the place where the juris.clauses (in c.) says
  • c.consumer.claims: can file in claimant’s place of residence

PRESENTACION DE ESCRITOS (2 file claims in spain)

escritos iniciadores que se pueden presentar desde esta sede judicial, las cuantías permitidas están limitadas a los siguientes casos:

  • Escrito iniciador de monitorio civil: La cuantía total no tiene limitación
  • Escrito iniciador de monitorio social: La cuantía total no puede ser superior a 15.000 euros.
  • Escrito iniciador de monitorio de comunidad de vecinos: La cuantía total no tiene limitación
  • Escrito iniciador de juicio verbal: La cuantía total no puede ser superior a 2000 euros.
  • Escrito iniciador de ejecución de título judicial: La cuantía total por la que se despache ejecución no puede ser superior a 2.000 euros.

Si se desea presentar un escrito que supere las cuantías indicadas, será necesaria la asistencia profesional de abogado y procurador

 


ESCP < euro5k (incl.costs+exps)

this is a EU mech, via e-JUSTICE, for companies and consumers , to file (form A), as LIPs, claims against eu.companies, in consumer/commerical disputes between member states.  no need for abog.proc.  The ECC (eu consumer center) is a free help (to file ESCP claims) and mediation service. el ECC de espana


espana:     abogados y LIPs (certif.digital needed) can file claims online via LexNET


PROC.MONITORIO (EU.SPAIN) < euro 2K

Para presentar una reclamación monitoria en los juzgados de Madrid, puede hacerlo de manera presencial o electrónica. A continuación, se detallan ambas opciones:

1. Presentación Electrónica (al trib.1a.instancia del lugar del claimant o del defendant) : La Comunidad de Madrid dispone de una Sede Judicial Electrónica que permite la presentación telemática de escritos, incluyendo las reclamaciones monitorias. Para ello, es necesario contar con un certificado digital válido y cumplir con ciertos requisitos técnicos.

  • Acceso a la Sede Judicial Electrónica de la Comunidad de Madrid: https://sedejudicial.madrid.org/
  • Guía Rápida para la Presentación de Escritos: Esta guía proporciona instrucciones detalladas sobre cómo presentar un escrito iniciador, como una reclamación monitoria, a través de la plataforma electrónica. Puede consultarla en el siguiente enlace: Guía Rápida Presentación de Escritos

2. Presentación Presencial: Si prefiere o no dispone de los medios para la presentación electrónica, puede presentar su reclamación de manera presencial en el juzgado correspondiente al domicilio del deudor. En el caso de Madrid, debe dirigirse al Decanato de los Juzgados de Primera Instancia.Decanato de los Juzgados de Primera Instancia de Madrid:Dirección: Calle Capitán Haya, 66, 28020 MadridTeléfono: 914 93 28 00  Es recomendable llevar el formulario de reclamación monitoria debidamente cumplimentado y toda la documentación que acredite la deuda. Puede encontrar un modelo de formulario en el siguiente enlace: Modelo de Proceso Monitorio Civil. Recuerde que, aunque la intervención de abogado y procurador no es obligatoria para iniciar un procedimiento monitorio, su asistencia puede ser beneficiosa para asegurar una correcta tramitación.  Para presentar una demanda de menor cuantía en España por un importe inferior a 2.000 euros contra un particular, puede utilizar el “procedimiento monitorio” o el “juicio verbal”, dependiendo de las circunstancias específicas de su caso. A continuación, se detallan los pasos a seguir y la información relevante:

Procedimiento Monitorio: Este procedimiento es adecuado cuando se reclama una deuda dineraria, vencida y exigible, y se dispone de documentación que la acredite (facturas, contratos, etc.).

  • Presentación de la demanda: Debe presentar una solicitud en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor. Aunque el sistema LexNET permite la comunicación electrónica con los juzgados, su uso es obligatorio principalmente para profesionales jurídicos. Para particulares, la presentación suele realizarse en formato papel directamente en el juzgado correspondiente.
  • Documentación necesaria: Es recomendable adjuntar todos los documentos que acrediten la existencia de la deuda.

2. si def.challenges my claim >> Juicio Verbal (or if claim is < euro 6k)


¿El procedimiento monitorio es presencial? Inicialmente, no es presencial. Se resuelve sobre la base de los documentos presentados sin que las partes tengan que comparecer ante el juez. El juzgado revisa la solicitud y, si cumple los requisitos, requerirá al deudor para que pague en un plazo de 20 días hábiles. Si el deudor no paga ni se opone, el juzgado dictará un auto de ejecución, permitiendo al demandante solicitar el embargo de bienes del deudor. Si el deudor paga voluntariamente, el procedimiento se archiva sin necesidad de juicio.

2. ¿Qué ocurre si el deudor se opone? Si el deudor presenta escrito de oposición dentro de los 20 días hábiles desde la notificación, el procedimiento monitorio se transforma en un juicio:

  • Si la cuantía reclamada es inferior a 6.000 euros → Se tramita como juicio verbal.
  • Si la cuantía reclamada es superior a 6.000 euros → Se tramita como juicio ordinario.

En estos casos, sí podría haber una audiencia judicial en la que ambas partes tendrán que presentar pruebas y defender sus argumentos.

3. ¿Cuáles son los efectos de la oposición del deudor?

  • El proceso deja de ser monitorio y se convierte en un juicio, con todos los trámites correspondientes.
  • Si la cuantía es menor a 2.000 euros, no es obligatorio contar con abogado y procurador (aunque es recomendable).
  • El demandante puede desistir de su reclamación o seguir adelante con el juicio verbal u ordinario.

4. Consecuencias si el demandante no comparece en el juicio posterior: Si el demandante no comparece en el juicio verbal u ordinario derivado de la oposición del deudor, el juzgado puede archivar el caso por incomparecencia.

5. Costas judiciales y consecuencias económicas: Si el deudor se opone pero pierde el juicio, puede ser condenado en costas.  Si el demandante pierde la reclamación, puede ser obligado a pagar las costas (en caso de que haya abogado y procurador de la otra parte y la cuantía supere los 2.000 euros).



propiedades fuera de ordenacion

-ley de suelo, y cada ayto tiene su propia ley the urb.

-sede de la ccaaa cast.mancha >> solicita apertura expediente urb y medidas legales (sancion y demoliciones)…3 meses sin respuesta (silencio.admin) >> queja/apela a :  consejo urb de cast.mancha;   dip.prov. , def.pueblo, o  rec.C-A v. ayto (tl=2m, desde silencio.admin o decision)

 

 

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